
Los títulos de los cargos resultan retóricos y despiden un leve olor a masonería.
El templo está a cargo de un Padre Maestro, que corresponde al Padre Nganga en Palo Monte. Lo asisten, en lugar de mayordomos, un Primer Capacitado y un Segundo Capacitado o Apóstol Luz del Día, que sustituye al Primero en caso de ausencia y lo sucede en el cargo a su muerte. Los Segundos Capacitados poseen una serie de Auxiliares o «Apóstoles del Camino» que tienen la función de llevar los «trabajos» a los sitios que indique el Padre Maestro. Los Siervos, por su parte, son individuos de confianza que ayudan en las labores del templo. Las mujeres también reciben cargos de importancia: las madres cuidan de la disciplina y del ornato y mantenimiento del local, auxiliadas por las Capacitadas y las Siervas. Cada uno de estos cargos se obtienen por medio de ceremonias de iniciación específicas. La Regla Kimbisa, a diferencia de las otras Reglas afrocubanas, posee un Jefe Supremo que gobierna la institución. El primero, por supuesto, fue Andrés Petit. A éste lo sucedió su ahijado Andrés Valdés, alias Andrés Kimbisa. A la muerte de Valdés lo siguió Timoteo Moran y a éste José Torres. Como puede observarse, esta institucionalización de la Regla es de corte claramente europeizante y se aparta del tradicional localismo dispersivo de las religiones afrocubanas. De origen europeo es también la Constitución escrita que gobierna la Regla y establece reglas y funciones.
Deberes del Primer Capacitado:
- Atender y cuidar, aún más que al Padre Maestro, al Fundamento.
- Preparar el templo para celebrar un rito.
- No abandonar el templo, hallarse presente cuando se efectúa alguna ceremonia a algún rito aunque sea de menor importancia.
- Asegurarse de que todo el que penetre en el templo, se despoje.
- Concurrir a rituales que se celebren en otros templos, y en ocasión de una fiesta oficial auxiliará en ellos si el Padre Maestro lo desea y le pide su concurso. (Art. 25, inciso 2 y 3 de los Estatutos).
- No se presentará en ninguna fiesta oficial de la Institución sin revestir el hábito ordenado (un manto blanco).
- Elegirá a los Siervos; atenderá a los que van a despojarse.
- Ordenara cortésmente al Segundo Capacitado, Apóstol Luz del Día, o a otro hermano de menor categoría, lo que estime necesario hacer en eI rito que se esté practicando.
Deberes de los Segundos Capacitados o Apóstoles Luz del Día:
- Tienen la obligación de auxiliar al Primer Capacitado en la preparación del templo cuando va a celebrarse un rito.
- Estarán a las órdenes del Primer Capacitado cuando éste oficia, para asistirlo.
- Auxiliará al Primer Capacitado cuando asiste y oficia en cualquier templo de la Institución si éste se lo pidiese, o a otro Primer capacitado que solicite su ayuda.
- Encenderá la pólvora en los trazos que se dibujan en el suelo para preguntar o «dar salida», y borrarlos para que no se perjudiquen si se pisan.
- Estar atentos a las llamadas a la puerta.
- Igual que los Primeros Capacitados, no se presentará en ninguna fiestas sin el hábito ordenado.
Los Segundos Capacitados sustituyen al Primer Capacitado en todas sus funciones (Art. 24, Inciso 1) y cuando esto sucede gozan de las mismas prerrogativas que éstos.» Lejos estamos ya de la flexible organización que caracteriza a las otras Reglas afrocubanas.
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